¿YA CONOCE LAS FUNDACIONES ESTATUTARIAS DEL ESTADO DE WYOMING (WYSF)?

 

¿YA CONOCE LAS FUNDACIONES ESTATUTARIAS DEL ESTADO DE WYOMING (WYSF)?

 

Empecemos por el concepto:

 

Una fundación estatutaria es una entidad jurídica que puede poseer cualquier tipo de activos y constituye un capital separado de los activos o el capital del fundador.

 

La fundación estatutaria de Wyoming (WYSF) puede operar en su propio nombre de forma similar a una sociedad anónima, "partnership" o LLC, y puede servir tanto a fines benéficos como a intereses privados (como en el caso de la protección de activos o sucesiones).

 

Pero, ¿cuáles son los elementos diferenciadores de una WYSF?

 

 

1) Confidencialidad:

 

Existe un grado de confidencialidad mucho mayor que en las fundaciones privadas de Panamá, por ejemplo. En este sentido, no es necesario registrar públicamente el nombre del Fundador, del Consejo de Administración, del Protector o de los Beneficiarios.

 

Estados Unidos no participa en el Intercambio Automático de Información, conocido como CRS ("Common Reporting Standards"), que son los informes anuales requeridos por los (países) firmantes del acuerdo, y que contienen información anual sobre fundadores, protectores, beneficiarios y activos. Los tribunales de Wyoming tratarán cualquier litigio con confidencialidad.

 

Además, existe flexibilidad para designar a personas de confianza del fundador como ser protectores o miembros del consejo de administración, sin que sean declaradas a efectos del intercambio automático de información como persona que ejerce el control (como ocurre en otros países signatarios de acuerdos AEOI, como Liechtenstein, Panamá, Bahamas, San Cristóbal y Nieves, Países Bajos, etc.).

 

2) Responsabilidad Limitada:

 

Los protectores y miembros del consejo están protegidos de la responsabilidad personal por actuar en nombre de la fundación.

 

Todos los activos, rentas, plusvalías o ingresos de la Fundación están protegidos frente a las reclamaciones de los acreedores del Fundador. La ley de Wyoming protegerá a los acreedores del Fundador o de terceros sólo si la transferencia de activos a una Fundación constituye un acto fraudulento contra ellos.

 

3) Flexibilidad para satisfacer los intereses del fundador o de los beneficiarios:

 

Mediante la preparación del Acuerdo Operativo (“Operating Agreement”) se puede prever la distribución de la propiedad de la Fundación a uno o más beneficiarios. Sin embargo, ningún beneficiario tendrá ningún derecho, interés o pretensión a la propiedad de la fundación a menos que tal derecho o interés surja por términos expresos en el Acuerdo Operativo.

 

El Acuerdo Operativo podrá estipular que la fundación conserve la propiedad efectiva de cualquier ingreso o revalorización hasta que se distribuya a un beneficiario.

 

Sujeto a lo establecido en los estatutos y al Acuerdo Operativo, la participación en una Fundación es transferible.

 

Póngase en contacto con nosotros para saber cómo una Fundación Estatutaria del Estado de Wyoming (WYSF) puede aplicarse a usted o a sus clientes.

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