La Ley N° 526 introduce nuevas obligaciones de declaración fiscal y sustancia económica para determinados grupos multinacionales con estructuras en Panamá a partir de 2027.
El 28 de mayo de 2026, la Asamblea Nacional de la República de Panamá aprobó la Ley N° 526, que introduce cambios importantes que afectan a las empresas y fundaciones a partir del 1 de enero de 2027.
El espíritu de la nueva ley radica en promover el empleo y las inversiones nacionales y lograr un cambio en el status de la República de Panamá como país no cooperante a efectos fiscales ante la Unión Europea.
Es importante señalar que la Ley 526 no incorpora otros requisitos de sustancia económica como los que fueron adoptados por varios países del Caribe en los últimos años, incluidos los requisitos aplicables a las actividades comerciales y los centros de servicios.
¿Qué aspectos regula la nueva ley y a quién afecta?
En términos generales, la ley establece normas y requisitos de sustancia económica aplicables a las entidades que forman parte de grupos multinacionales constituidos o domiciliados en la República de Panamá y que obtienen ingresos pasivos de fuentes extranjeras.
Se imponen nuevas obligaciones a los grupos multinacionales, definidos como dos o más entidades vinculadas por propiedad o control, que sean residentes fiscales, incluyendo su empresa matriz, filiales y establecimientos permanentes.
Esto significa que las entidades extranjeras exentas de impuestos o residentes en jurisdicciones con baja o nula tributación generalmente quedarán excluidas de esta definición.
A partir del 1 de enero de 2027, las entidades panameñas que se encuentren dentro de este ámbito deberán:
1. Presentar una declaración anual de impuestos
Presentar una declaración anual de impuestos sobre los ingresos pasivos obtenidos de fuentes extranjeras.
2. Demostrar sustancia económica adecuada
Cumplir con las condiciones establecidas para demostrar sustancia económica adecuada dentro del territorio de la República de Panamá.
Esto se entiende como la existencia y el uso efectivo en el país de recursos humanos, activos, instalaciones, administración, control, riesgos y gastos operativos apropiados a la naturaleza, proporcionalidad, complejidad y tipo de ingresos pasivos de fuente extranjera obtenidos por la entidad.
¿Qué ingresos pasivos están comprendidos?
Los ingresos pasivos procedentes de fuentes extranjeras que se incluyen son:
- Dividendos o participación en utilidades;
- Intereses;
- Regalías;
- Ganancias de capital;
- Rentas de capital inmobiliario;
- Otras rentas de capital mobiliario.
¿Qué ocurre en caso de incumplimiento?
En caso de incumplimiento de las obligaciones mencionadas anteriormente, en un período determinado, los ingresos por rentas pasivas de fuentes extranjeras estarán sujetos a tributación de una tasa del 15% sobre la renta neta imponible en el período fiscal correspondiente.
¿Cuál es el tratamiento que reciben las estructuras más frecuentes según la Ley 526?
Algunas de las estructuras más frecuentes con una sociedad holding panameña son las siguientes:
[Insertar tabla]
| Estructura | ¿Grupo multinacional? | ¿Ley 526 aplicable? |
|---|---|---|
| Una empresa o fundación panameña posee una empresa extranjera con una cartera de inversiones subyacente. | No | No |
| Una empresa o fundación panameña posee bienes inmuebles arrendados en el extranjero por una empresa extranjera. | No | No |
| Una empresa o fundación panameña posee dos empresas extranjeras que tienen bienes inmuebles de alquiler ubicados en el extranjero, siempre que las empresas extranjeras sean residentes fiscales en esa jurisdicción extranjera. | Sí | Sí |
| La empresa panameña posee (i) una empresa extranjera constituida en un paraíso fiscal que posee inversiones financieras y (ii) una empresa operativa extranjera que es residente fiscal en otra jurisdicción. | No | No |
¿Cuáles son los próximos pasos y qué medidas se pueden tomar?
La ley entrará en vigor a partir del año fiscal 2027 y será reglamentada, lo cual brindará mayor claridad.
Recomendamos que las empresas o fundaciones establecidas en la República de Panamá revisen sus estructuras corporativas y adapten su planificación patrimonial y fiscal en consecuencia.
Un análisis temprano permitirá identificar posibles áreas de impacto, así como evaluar alternativas de adaptación y prepararse para el cumplimiento oportuno de la normativa.
Nuestro equipo de especialistas está a su disposición para ayudarle a evaluar su estructura actual.
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